Energía

Acciona cancela la planta solar Bodeguillas de 42 MW en Ayora: qué implica

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Equipo Editorial CambiosLegales
17 Jun 2026 7 min 3 visitas

Datos clave

NormativaResolución de 27 de abril de 2026, de la Dirección General de Política Energética y Minas
Publicación BOE8 de junio de 2026
Entrada en vigor8 de junio de 2026
PromotorCorporación Acciona Eólica, SL
Proyecto canceladoPlanta fotovoltaica híbrida «Bodeguillas», 41,99 MWp, Ayora (Valencia)
Fecha de solicitud originalDiciembre de 2022
Fecha del desistimiento16 de marzo de 2026
Base legal del archivoArtículo 94, Ley 39/2015 de Procedimiento Administrativo Común
CategoríaEnergía / Fotovoltaica
Ejercicio2026
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Un proyecto fotovoltaico de casi 42 MW que llevaba más de tres años en tramitación administrativa no llegará a construirse. La Dirección General de Política Energética y Minas ha aceptado el desistimiento presentado el 16 de marzo de 2026 por Corporación Acciona Eólica, SL respecto a la infraestructura híbrida fotovoltaica «Bodeguillas», de 41,99 MWp, ubicada en el municipio de Ayora (Valencia).

La resolución, publicada en el BOE el 8 de junio de 2026, pone fin a un expediente iniciado en diciembre de 2022 y que había sido acumulado con otros siete proyectos del grupo Acciona en las provincias de Valencia y Albacete.

41,99 MWp
Potencia de la planta cancelada
8 proyectos
Expedientes acumulados del grupo Acciona en Valencia y Albacete
Dic. 2022
Fecha de la solicitud original
Mar. 2026
Fecha del desistimiento formal

¿Qué establece esta resolución?

La resolución acepta el desistimiento formulado por Corporación Acciona Eólica, SL al amparo del artículo 94 de la Ley 39/2015, de Procedimiento Administrativo Común. Este artículo permite al promotor de un procedimiento administrativo retirarse del mismo en cualquier momento, siempre que no se vean afectados intereses de terceros ni el interés público.

El procedimiento incluyó un trámite de audiencia previo al que el promotor mostró su conformidad, cumpliendo así los requisitos formales para el archivo definitivo del expediente.

Las autorizaciones que quedan canceladas de forma definitiva son:

  • Autorización administrativa previa
  • Autorización administrativa de construcción
  • Declaración de impacto ambiental
  • Declaración en concreto de utilidad pública

El motivo de fondo fue la separación empresarial entre Acciona Eólica del Levante y Corporación Acciona Eólica, producida en diciembre de 2025. Esta reestructuración interna del grupo obligó a desacumular los ocho expedientes que se tramitaban conjuntamente, y derivó finalmente en el abandono del proyecto «Bodeguillas» en concreto.

Impacto económico y operativo

Para el grupo Acciona, el archivo supone la renuncia definitiva a una capacidad instalada de 41,99 MWp en la Comunitat Valenciana. No se recuperan los costes de tramitación acumulados desde diciembre de 2022, que en proyectos de esta envergadura suelen incluir estudios de impacto ambiental, ingeniería preliminar y tasas administrativas.

Para el mercado energético local y regional, la cancelación implica que esa capacidad fotovoltaica no se incorporará a la red en el horizonte previsto. Los municipios de Ayora y el entorno de Valencia y Albacete pierden un proyecto de inversión en infraestructura renovable que había generado expectativas desde 2022.

Desde el punto de vista regulatorio, el archivo no genera obligaciones económicas adicionales para Corporación Acciona Eólica, SL: el desistimiento voluntario conforme al artículo 94 de la Ley 39/2015 no conlleva sanciones ni penalizaciones administrativas, siempre que se cumplan los requisitos formales, como ocurre en este caso.

¿A quién afecta?

  • Corporación Acciona Eólica, SL: promotor directo del proyecto, que pierde la tramitación y los costes invertidos desde 2022.
  • Acciona Eólica del Levante: entidad del grupo cuya separación empresarial en diciembre de 2025 fue el detonante de la desacumulación de expedientes.
  • Administración de la Comunitat Valenciana: pierde un proyecto de generación renovable de casi 42 MW en su territorio.
  • Administración de Castilla-La Mancha (Albacete): afectada por la desacumulación del paquete de ocho proyectos del grupo en la zona.
  • Municipio de Ayora (Valencia): localización prevista de la planta, que no recibirá la inversión asociada al proyecto.
  • Otros promotores fotovoltaicos con proyectos acumulados: la desacumulación de expedientes puede servir de referencia sobre cómo las reestructuraciones corporativas afectan a tramitaciones conjuntas.

Ejemplo práctico

Corporación Acciona Eólica, SL presentó en diciembre de 2022 la solicitud para «Bodeguillas» junto con otros siete proyectos del grupo, que se tramitaban de forma acumulada ante la Dirección General de Política Energética y Minas. En diciembre de 2025, la separación societaria entre Acciona Eólica del Levante y Corporación Acciona Eólica obligó a revisar qué entidad era titular de cada expediente. El resultado fue la desacumulación de los ocho proyectos y, en el caso concreto de «Bodeguillas», la decisión de no continuar con la tramitación.

El 16 de marzo de 2026, Corporación Acciona Eólica, SL presentó formalmente el desistimiento. La Dirección General tramitó el preceptivo trámite de audiencia, el promotor mostró conformidad, y el 27 de abril de 2026 se firmó la resolución de aceptación del desistimiento, publicada en el BOE el 8 de junio de 2026. Desde esa fecha, el proyecto queda archivado sin posibilidad de reactivación bajo el mismo expediente.

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¿Qué deben hacer las empresas ahora?

  1. Promotores con expedientes acumulados: revisar si una reestructuración societaria puede afectar a la titularidad de los expedientes en tramitación y anticipar la comunicación a la administración para evitar situaciones similares.
  2. Empresas con proyectos fotovoltaicos en Valencia o Albacete: verificar si alguno de los siete proyectos restantes del grupo Acciona que se desacumularon puede generar oportunidades de suelo, conexión a red o acuerdos de compraventa de energía en la zona.
  3. Asesores jurídicos de proyectos energéticos: documentar el procedimiento seguido en este caso como referencia para gestionar desistimientos conforme al artículo 94 de la Ley 39/2015, especialmente en contextos de reorganización corporativa.
  4. Inversores en renovables: tomar nota de que las reestructuraciones internas de grupos promotores pueden paralizar o cancelar proyectos en fase de tramitación avanzada, con el consiguiente impacto en plazos y capacidad instalada prevista.

Preguntas frecuentes

¿Por qué Acciona ha retirado el proyecto fotovoltaico Bodeguillas?

El motivo principal fue la separación empresarial entre Acciona Eólica del Levante y Corporación Acciona Eólica, SL en diciembre de 2025. Esta reestructuración interna obligó a desacumular los ocho expedientes que el grupo tramitaba conjuntamente en Valencia y Albacete, y derivó en la decisión de abandonar el proyecto «Bodeguillas» en concreto. El desistimiento formal se presentó el 16 de marzo de 2026.

¿Qué autorizaciones quedan canceladas con este archivo?

El archivo definitivo cancela las cuatro autorizaciones que estaban en tramitación: la autorización administrativa previa, la autorización administrativa de construcción, la declaración de impacto ambiental y la declaración en concreto de utilidad pública. No es posible reactivar el expediente bajo la misma solicitud.

¿Qué ley regula el desistimiento de un proyecto energético en tramitación?

El desistimiento se tramita conforme al artículo 94 de la Ley 39/2015, de Procedimiento Administrativo Común. Este artículo permite al promotor retirarse del procedimiento en cualquier momento, siempre que no afecte a intereses de terceros ni al interés público, y previo trámite de audiencia. En este caso, el promotor mostró conformidad con el trámite.

¿Cuántos proyectos del grupo Acciona se vieron afectados por la desacumulación?

En total, ocho proyectos del grupo Acciona en las provincias de Valencia y Albacete estaban acumulados en un mismo expediente. La separación societaria de diciembre de 2025 provocó su desacumulación. «Bodeguillas» es el primero del que se conoce el archivo definitivo mediante resolución publicada en el BOE.

¿Tiene consecuencias económicas o sancionadoras el desistimiento para Acciona?

No. El desistimiento voluntario conforme al artículo 94 de la Ley 39/2015 no conlleva sanciones ni penalizaciones administrativas, siempre que se cumplan los requisitos formales. En este caso, el trámite de audiencia se realizó correctamente y el promotor mostró su conformidad, por lo que el archivo se produce sin consecuencias sancionadoras para Corporación Acciona Eólica, SL.

Fuente oficial

Consultar normativa completa en fuente oficial (BOE-A-2026-12402)

Aviso: Este artículo tiene carácter meramente informativo y no constituye asesoramiento legal. Para decisiones específicas, consulte a un profesional cualificado. Fuente: https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2026-12402



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