Datos clave
| Normativa | Resolución de 26 de mayo de 2026, de la Dirección General de Políticas contra la Despoblación, por la que se publica el Convenio con la Universidad del País Vasco para la realización del Programa Campus Rural de prácticas universitarias en el medio rural |
|---|---|
| Publicación BOE | 2 de junio de 2026 |
| Entrada en vigor | 22 de mayo de 2026 |
| Afectados | Estudiantes de la UPV, empresas, administraciones públicas y entidades sin ánimo de lucro con sede o actividad en zonas rurales despobladas |
| Categoría | Educación / Despoblación rural |
| Ejercicio | 2026 (renovación del convenio iniciado en mayo de 2025) |
| Organismo gestor | Universidad del País Vasco (UPV) + Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico |
| Referencia BOE | BOE-A-2026-11836 |
Las empresas y entidades ubicadas en zonas rurales con problemas de despoblación tienen una nueva vía para incorporar talento universitario sin asumir el proceso de selección: el programa Campus Rural, que en 2026 se extiende a los estudiantes de la Universidad del País Vasco (UPV) mediante el convenio publicado en el BOE el 2 de junio de 2026 (referencia BOE-A-2026-11836).
Este convenio renueva y amplía la colaboración iniciada en mayo de 2025 entre el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico y la UPV, incorporando la experiencia acumulada en ediciones anteriores del programa.
¿Qué establece esta normativa?
El convenio formaliza la incorporación de la UPV al programa Campus Rural, un programa nacional que permite a estudiantes universitarios realizar prácticas —tanto curriculares como extracurriculares— en zonas rurales con problemas de despoblación.
El reparto de responsabilidades entre las partes es el siguiente:
| Parte | Responsabilidades |
|---|---|
| Universidad del País Vasco (UPV) | Gestión íntegra del programa en su ámbito: convocatoria, selección de estudiantes y seguimiento de las prácticas |
| Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico | Coordinación general del programa y elaboración anual de la Guía del Programa junto a la CRUE |
Las entidades que pueden actuar como receptoras de estudiantes en prácticas son:
- Administraciones públicas con sede o actividad en zonas rurales despobladas
- Entidades sin ánimo de lucro con sede o actividad en zonas rurales despobladas
- Empresas con sede o actividad en zonas rurales despobladas
La participación está condicionada a dos factores clave: la disponibilidad presupuestaria en cada anualidad y el cumplimiento de un número máximo de meses de prácticas establecido por convocatoria.
Impacto económico y operativo
Para las entidades receptoras, el impacto operativo es principalmente positivo: acceden a estudiantes universitarios sin asumir el coste ni la carga administrativa del proceso de selección, que recae íntegramente en la UPV.
Los aspectos operativos más relevantes para una empresa o entidad interesada son:
- Sin coste de reclutamiento: la convocatoria y selección de estudiantes la gestiona la UPV.
- Prácticas curriculares y extracurriculares: ambas modalidades están disponibles, lo que amplía el perfil de estudiantes que pueden participar.
- Límite de meses por anualidad: existe un número máximo de meses de prácticas por convocatoria, sujeto a disponibilidad presupuestaria. El dato exacto se fija en la Guía del Programa que elaboran el Ministerio y la CRUE cada año.
- Seguimiento garantizado: la UPV realiza el seguimiento de las prácticas, reduciendo la carga de supervisión para la entidad receptora.
- Renovación de convenio: este acuerdo actualiza el firmado en mayo de 2025, incorporando la experiencia de ediciones anteriores, lo que aporta mayor madurez y rodaje al programa.
Desde el punto de vista de la estrategia de negocio, participar en Campus Rural puede ser una palanca para atraer talento a territorios donde el reclutamiento convencional es más difícil y costoso.
¿A quién afecta?
- Empresas privadas con sede o actividad en municipios rurales con problemas de despoblación que quieran incorporar estudiantes en prácticas.
- Administraciones públicas locales y autonómicas ubicadas en zonas rurales despobladas.
- Entidades sin ánimo de lucro (asociaciones, fundaciones, cooperativas) con presencia en el medio rural despoblado.
- Estudiantes universitarios de la UPV que quieran realizar prácticas curriculares o extracurriculares en el medio rural.
- Responsables de RRHH y directivos de organizaciones en zonas rurales que buscan fórmulas de captación de talento.
Ejemplo práctico
Una empresa agroalimentaria con sede en un municipio rural despoblado del País Vasco quiere incorporar un estudiante de ingeniería agrónoma o administración de empresas para apoyar su área de producción o gestión durante varios meses.
En lugar de publicar una oferta de empleo, gestionar candidaturas y entrevistas, esta empresa puede registrarse como entidad receptora en el programa Campus Rural a través de la UPV. La universidad publica la convocatoria, selecciona al estudiante adecuado y realiza el seguimiento durante toda la práctica. La empresa se limita a definir las tareas y acoger al estudiante.
El número de meses disponibles para esta empresa estará limitado por el cupo máximo fijado en la Guía del Programa de la convocatoria correspondiente y por la disponibilidad presupuestaria del Ministerio para esa anualidad.
¿Qué deben hacer las empresas ahora?
- Verificar si tu municipio está considerado zona rural despoblada: es el requisito previo para poder participar como entidad receptora. Consulta el mapa de zonas rurales del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.
- Contactar con la UPV: dado que la universidad gestiona íntegramente el programa en su ámbito, el primer punto de contacto para las entidades receptoras es la propia UPV, no el Ministerio.
- Consultar la Guía del Programa: el Ministerio y la CRUE elaboran anualmente esta guía, que fija el número máximo de meses de prácticas disponibles y las condiciones concretas de participación para cada convocatoria.
- Definir el perfil de estudiante que necesitas: tanto prácticas curriculares como extracurriculares están disponibles. Tener claro el perfil y las tareas agiliza el proceso de selección que realiza la UPV.
- Planificar con antelación: la participación está sujeta a disponibilidad presupuestaria, por lo que conviene no esperar al último momento para manifestar el interés como entidad receptora.
Preguntas frecuentes
¿Qué empresas pueden acoger estudiantes en el programa Campus Rural de la UPV?
Pueden participar como entidades receptoras las empresas con sede o actividad en zonas rurales con problemas de despoblación. También pueden participar administraciones públicas y entidades sin ánimo de lucro en las mismas condiciones territoriales. No se exige un tamaño mínimo de empresa.
¿Quién gestiona la selección de los estudiantes en Campus Rural UPV?
La Universidad del País Vasco (UPV) asume la gestión íntegra del programa en su ámbito: convocatoria, selección de estudiantes y seguimiento de las prácticas. La entidad receptora no tiene que gestionar el proceso de selección.
¿Cuántos meses de prácticas se pueden hacer a través de Campus Rural?
Existe un número máximo de meses de prácticas por anualidad, pero el dato exacto no está fijado en el convenio publicado: se determina en la Guía del Programa que elaboran anualmente el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico y la CRUE. La participación también está sujeta a disponibilidad presupuestaria.
¿Es Campus Rural UPV 2026 un programa nuevo o una renovación?
Es una renovación. Este convenio actualiza la colaboración iniciada en mayo de 2025 entre el Ministerio y la UPV, incorporando la experiencia acumulada en ediciones anteriores del programa Campus Rural.
¿Qué tipos de prácticas permite el programa Campus Rural?
El programa permite tanto prácticas curriculares (integradas en el plan de estudios del estudiante) como prácticas extracurriculares (voluntarias, fuera del plan de estudios). Ambas modalidades están disponibles para las entidades receptoras.
Fuente oficial
Consultar normativa completa en fuente oficial
Aviso: Este artículo tiene carácter meramente informativo y no constituye asesoramiento legal. Para decisiones específicas, consulte a un profesional cualificado. Fuente: https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2026-11836