Datos clave
| Normativa | Resolución de 18 de febrero de 2026, de la Dirección General de Política Energética y Minas |
|---|---|
| Publicación BOE | 17 de abril de 2026 |
| Entrada en vigor | 18 de febrero de 2026 |
| Promotora | Iberdrola Renovables Castilla-La Mancha, SAU |
| Instalación fotovoltaica | Instalación Híbrida Callejas — 51,315 MW |
| Parque eólico existente | PE Callejas — 49,5 MW |
| Potencia híbrida total | 55 MW |
| Ubicación | Campillo de Altobuey (Cuenca), Castilla-La Mancha |
| Categoría | Energía Renovable |
| Declaración adicional | Utilidad pública de la instalación y su infraestructura de evacuación |
Iberdrola Renovables Castilla-La Mancha tiene ya en mano la autorización administrativa de construcción para levantar una planta solar de 51,315 MW en Campillo de Altobuey (Cuenca). La clave de este proyecto no es solo la potencia fotovoltaica: es que se conectará al parque eólico PE Callejas, que ya opera con 49,5 MW, formando una instalación híbrida con una potencia total de 55 MW.
La Resolución fue dictada el 18 de febrero de 2026 por la Dirección General de Política Energética y Minas, y publicada en el BOE el 17 de abril de 2026. Además de la autorización de construcción, la resolución incluye la declaración de utilidad pública de la instalación y su infraestructura de evacuación, un instrumento legal que facilita y acelera los trámites de servidumbre y expropiación sobre terrenos de terceros.
¿Qué establece esta normativa?
La resolución otorga dos cosas diferenciadas pero complementarias:
- Autorización administrativa de construcción del módulo de generación fotovoltaica denominado «Instalación Híbrida Callejas», con una potencia instalada de 51,315 MW, junto con su infraestructura de evacuación.
- Declaración de utilidad pública de dicha instalación, lo que habilita a Iberdrola a iniciar los procedimientos de servidumbre y expropiación forzosa sobre los terrenos necesarios para la infraestructura de evacuación.
El concepto central de este proyecto es la hibridación: en lugar de construir una instalación fotovoltaica completamente nueva con su propio punto de conexión a la red, la nueva planta solar aprovecha el punto de evacuación ya existente del parque eólico PE Callejas. La instalación híbrida resultante tiene una potencia total de 55 MW, que es el límite autorizado para ese punto de conexión compartido.
| Componente | Tecnología | Potencia | Estado |
|---|---|---|---|
| PE Callejas | Eólica | 49,5 MW | Existente y operativo |
| Instalación Híbrida Callejas | Fotovoltaica | 51,315 MW | Autorizada para construcción |
| Instalación híbrida total | Eólica + Fotovoltaica | 55 MW | Potencia máxima del punto de evacuación |
Impacto económico y operativo
La hibridación solar-eólica es una estrategia con ventajas económicas y operativas concretas que este proyecto ejemplifica:
- Reducción de costes de conexión: Compartir la infraestructura de evacuación del parque eólico existente evita los costes de construir un nuevo punto de conexión a la red, que en proyectos de esta escala pueden suponer decenas de millones de euros.
- Mayor eficiencia del punto de evacuación: El viento y el sol tienen perfiles de generación complementarios (el viento genera más en invierno y de noche; el sol, en verano y durante el día), lo que permite un uso más constante y eficiente de la capacidad de evacuación disponible.
- Alineación con el PNIEC: Este tipo de proyectos contribuye directamente a los objetivos del Plan Nacional Integrado de Energía y Clima, lo que facilita su tramitación administrativa y su acceso a mecanismos de apoyo regulatorio.
- Declaración de utilidad pública: Reduce la incertidumbre jurídica y los plazos asociados a la obtención de derechos sobre terrenos de terceros para la infraestructura de evacuación.
¿A quién afecta?
- Iberdrola Renovables Castilla-La Mancha, SAU: Promotora directa del proyecto. Puede iniciar la construcción de la planta fotovoltaica y los trámites de expropiación para la evacuación.
- Municipio de Campillo de Altobuey (Cuenca): Territorio de implantación. Afectado en términos urbanísticos, de ordenación del territorio y de impacto socioeconómico local.
- Propietarios de terrenos en el área de evacuación: La declaración de utilidad pública les convierte en sujetos de posibles procedimientos de servidumbre o expropiación forzosa.
- Otros promotores de energías renovables: Este proyecto sirve como referencia de modelo de hibridación para quienes tengan parques eólicos existentes y quieran añadir capacidad fotovoltaica aprovechando la infraestructura de red ya amortizada.
- Operadores del sistema eléctrico: La incorporación de 55 MW híbridos en Cuenca tiene implicaciones para la gestión de la red en Castilla-La Mancha.
Ejemplo práctico
Un promotor renovable que disponga de un parque eólico operativo con capacidad de evacuación infrautilizada puede replicar la estrategia de Iberdrola en este proyecto. El modelo funciona así:
El PE Callejas tiene 49,5 MW eólicos instalados, pero el punto de evacuación tiene capacidad para 55 MW de potencia total. Iberdrola aprovecha esa diferencia para añadir 51,315 MW fotovoltaicos, que en términos de potencia simultánea máxima evacuable quedan limitados a los 55 MW del punto de conexión.
El resultado práctico: Iberdrola añade más de 51 MW de capacidad de generación solar sin necesidad de construir una nueva línea de evacuación ni solicitar un nuevo punto de conexión a la red. El ahorro en infraestructura de evacuación y en plazos administrativos es significativo, y la complementariedad entre generación eólica (más intensa en invierno y de noche) y solar (más intensa en verano y durante el día) mejora el factor de utilización del punto de evacuación a lo largo del año.
¿Qué deben hacer las empresas ahora?
- Si eres promotor renovable con parques eólicos existentes: Analiza la capacidad de evacuación disponible en tus instalaciones operativas. La hibridación solar puede ser una vía para añadir potencia sin los costes y plazos de un nuevo punto de conexión.
- Si tienes terrenos en Campillo de Altobuey (Cuenca): Revisa si tu propiedad puede estar afectada por la infraestructura de evacuación de la Instalación Híbrida Callejas. La declaración de utilidad pública habilita procedimientos de servidumbre y expropiación.
- Si asesoras a empresas del sector energético: Documenta este caso como modelo de hibridación solar-eólica con declaración de utilidad pública. Es un esquema replicable en otros puntos de evacuación con capacidad disponible.
- Si gestionas activos renovables en Castilla-La Mancha: