Sector Público

9 plazas de Auxilio Judicial en Aragón: destinos y plazo para solicitarlas

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Equipo Editorial CambiosLegales
05 Jun 2026 6 min 21 visitas

Datos clave

NormativaResolución de 1 de junio de 2026, de la Dirección General de Justicia de Aragón
Publicación5 de junio de 2026
Entrada en vigor5 de junio de 2026
AfectadosAprobados en el proceso selectivo extraordinario al Cuerpo de Auxilio Judicial (Orden JUS/1327/2022)
CategoríaSector Público
Plazas ofertadas9 plazas desiertas en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Aragón
Plazo para solicitar10 días hábiles desde el 5 de junio de 2026
Convocatoria baseOrden JUS/1327/2022, de 28 de diciembre
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Si aprobaste la oposición al Cuerpo de Auxilio Judicial convocada por la Orden JUS/1327/2022, tienes una ventana de tiempo muy concreta para elegir tu destino en Aragón. La Dirección General de Justicia del Departamento de Presidencia, Justicia y Cultura publica 9 plazas desiertas que deben cubrirse ahora mediante solicitud telemática. No actuar equivale a perder la capacidad de elegir.

9
Plazas desiertas ofertadas en Aragón
10
Días hábiles para solicitar destino (desde el 5/06/2026)
2 años
Bloqueo en concursos de traslados tras adjudicación definitiva

¿Qué establece esta normativa?

La resolución publica la relación de plazas del Cuerpo de Auxilio Judicial de la Administración de Justicia que quedaron desiertas en el ámbito de Aragón y que ahora se ofrecen a quienes superaron el proceso selectivo extraordinario de la Orden JUS/1327/2022. Se trata de un proceso de concurso-oposición por turno libre.

Las 9 plazas disponibles se distribuyen en las siguientes localidades aragonesas:

Localidad
Barbastro
Fraga
Monzón
Ejea de los Caballeros
Daroca
Alcañiz
Boltaña

Las reglas del proceso de elección de destino son las siguientes:

  • El plazo para solicitar destino es de 10 días hábiles contados desde el 5 de junio de 2026.
  • Las solicitudes deben presentarse telemáticamente ante el Gobierno de Aragón.
  • Cada aprobado debe pedir como mínimo tantas plazas como su número de opositor.
  • Si no se cumple el mínimo de plazas solicitadas, se asigna destino forzoso por orden alfabético.
  • Las solicitudes deben ir firmadas electrónicamente y no pueden modificarse una vez vencido el plazo.
  • El destino adjudicado tiene carácter definitivo.
  • Durante los dos años siguientes a la adjudicación, no se puede participar en concursos de traslados.

Impacto económico y operativo

Para los aprobados, el impacto es fundamentalmente operativo y de planificación personal y profesional. El destino que se adjudique en este proceso determinará el lugar de trabajo durante al menos dos años, sin posibilidad de solicitar traslado durante ese periodo.

Las consecuencias de no actuar correctamente en plazo son directas:

  • Destino forzoso: Si no se solicita el mínimo de plazas exigido o no se presenta solicitud, el destino se asigna por orden alfabético entre los afectados, sin posibilidad de elección.
  • Irrevocabilidad: Una vez cerrado el plazo, la solicitud no puede modificarse. El error en la tramitación no tiene corrección posterior.
  • Bloqueo de movilidad: El destino definitivo impide participar en concursos de traslados durante dos años, lo que afecta directamente a la planificación de vida y carrera del funcionario.

¿A quién afecta?

  • Personas que superaron el proceso selectivo extraordinario al Cuerpo de Auxilio Judicial de la Administración de Justicia convocado por la Orden JUS/1327/2022, de 28 de diciembre.
  • Aprobados que optaron al ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Aragón.
  • Candidatos que aún no tienen destino asignado y que deben participar en esta fase de adjudicación de plazas desiertas.

Ejemplo práctico

Supongamos que un aprobado tiene el número de opositor 5. Según las reglas de esta resolución, debe incluir en su solicitud telemática al menos 5 plazas de las 9 disponibles, ordenadas por preferencia. Si solo solicita 3 plazas, incumple el mínimo y se le asignará destino forzoso por orden alfabético entre quienes estén en la misma situación.

Si este aprobado prefiere Zaragoza capital pero no está disponible en este listado, deberá elegir entre las plazas ofertadas: Barbastro, Fraga, Monzón, Ejea de los Caballeros, Daroca, Alcañiz o Boltaña. La solicitud debe presentarse telemáticamente ante el Gobierno de Aragón, firmada electrónicamente, antes de que venzan los 10 días hábiles desde el 5 de junio de 2026. Una vez enviada y cerrado el plazo, no hay posibilidad de cambio.

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¿Qué deben hacer los aprobados ahora?

  1. Verificar si estás incluido en el proceso: Comprueba que eres aprobado en el proceso selectivo extraordinario de la Orden JUS/1327/2022 con destino en el ámbito de Aragón.
  2. Consultar tu número de opositor: Este número determina el mínimo de plazas que debes incluir en tu solicitud. Solicitar menos plazas que tu número de opositor implica destino forzoso.
  3. Revisar las 9 plazas disponibles: Analiza las localidades ofertadas (Barbastro, Fraga, Monzón, Ejea de los Caballeros, Daroca, Alcañiz, Boltaña) y establece tu orden de preferencia.
  4. Preparar la firma electrónica: La solicitud debe ir firmada electrónicamente. Asegúrate de tener operativo tu certificado digital o sistema de identificación electrónica antes de presentar.
  5. Presentar la solicitud telemáticamente ante el Gobierno de Aragón dentro de los 10 días hábiles desde el 5 de junio de 2026. No esperes al último día.
  6. No modificar la solicitud tras el plazo: Una vez enviada y cerrado el plazo, no hay corrección posible. Revisa bien antes de enviar.

Preguntas frecuentes

¿Cuántas plazas de Auxilio Judicial hay disponibles en Aragón en este proceso?

Se ofrecen 9 plazas desiertas distribuidas en las localidades de Barbastro, Fraga, Monzón, Ejea de los Caballeros, Daroca, Alcañiz y Boltaña.

¿Cuál es el plazo para solicitar destino en las plazas de Auxilio Judicial de Aragón?

El plazo es de 10 días hábiles contados desde el 5 de junio de 2026. Las solicitudes deben presentarse telemáticamente ante el Gobierno de Aragón y firmarse electrónicamente. No pueden modificarse una vez vencido el plazo.

¿Qué pasa si no solicito destino o no incluyo suficientes plazas?

Si no presentas solicitud o no incluyes como mínimo tantas plazas como tu número de opositor, se te asignará destino forzoso por orden alfabético entre los afectados, sin posibilidad de elección.

¿Puedo pedir traslado después de que me asignen destino en este proceso?

No durante los primeros dos años. El destino adjudicado tiene carácter definitivo e impide participar en concursos de traslados durante dos años desde la adjudicación.

¿A quién afecta esta resolución de plazas de Auxilio Judicial en Aragón?

Afecta exclusivamente a las personas que superaron el proceso selectivo extraordinario al Cuerpo de Auxilio Judicial convocado por la Orden JUS/1327/2022, de 28 de diciembre, en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Aragón.

Fuente oficial

Consultar normativa completa en fuente oficial

Aviso: Este artículo tiene carácter meramente informativo y no constituye asesoramiento legal. Para decisiones específicas, consulte a un profesional cualificado. Fuente: https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2026-12090


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El equipo editorial de CambiosLegales analiza diariamente los cambios normativos que afectan a empresas y autónomos en España, ofreciendo análisis pro...

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