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Denegada la nulidad de una inscripción de agrupación de fincas en Sencelles tras seguir el procedimiento legal del artículo 199 de la Ley Hipotecaria

11 Jun 2026 13 visitas
A quién afecta:
Propietarios de fincas colindantes afectados por agrupaciones o modificaciones registrales de representación gráfica

Resumen

La Dirección General rechaza anular la inscripción de agrupación de tres fincas en Sencelles porque el procedimiento registral se tramitó correctamente, aunque un vecino alegó que la cartografía catastral no coincidía con la realidad física.

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La Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública desestima el recurso interpuesto contra la registradora de Inca n.º 1, que denegó declarar nula la inscripción de agrupación de las fincas registrales 3.656, 3.657 y 7.743 de Sencelles. El expediente del artículo 199 de la Ley Hipotecaria se tramitó correctamente:…

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Título oficial completo

Resolución de 18 de febrero de 2026, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación de la registradora de la propiedad de Inca n.º 1, por la que se deniega la solicitud de la declaración de nulidad de una inscripción de agrupación de fincas, puesto que la inscripción se produjo tras la tramitación del expediente del artículo 199 de la Ley Hipotecaria en las que se han formulado alegaciones que no han sido estimadas.

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