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El Consejo del Poder Judicial regula cómo los jueces piden información a la Oficina Judicial para hacer el inventario de asuntos al cesar

04 Jun 2026 En vigor: 04 Jun 2026 5 visitas
A quién afecta:
Jueces, magistrados, presidentes de sala y Oficinas Judiciales al producirse ceses en destino

Resumen

El CGPJ establece el procedimiento para que jueces y magistrados obtengan datos de la Oficina Judicial al dejar su cargo y elaborar el inventario de asuntos pendientes. Se fijan plazos, formatos y canales de coordinación.

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La Instrucción 3/2026 del CGPJ regula el cauce formal para que jueces y magistrados que cesan en su destino soliciten a la Oficina Judicial la información necesaria para confeccionar el alarde, inventario obligatorio de asuntos pendientes. La solicitud se canaliza a través de la Presidencia del Tribunal correspondiente…

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Título oficial completo

Instrucción 3/2026, de 27 de mayo, del Pleno del Consejo General del Poder Judicial, sobre la solicitud de información a la Oficina judicial para la confección del alarde.

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