Inmobiliario BOE Importancia: 4/10

El registro de la propiedad debe cancelar la inscripción de una finca aportada fraudulentamente a una sociedad pantalla

06 Jun 2026 0 visitas
A quién afecta:
Acreedores, víctimas de delitos patrimoniales, registradores y sociedades unipersonales instrumentales

Resumen

La Dirección General resuelve que el registrador debe cancelar la inscripción de una finca aportada a una sociedad unipersonal por su único socio y administrador condenado por frustración de ejecución, sin exigir declaración judicial expresa de levantamiento del velo societario.

Análisis detallado PRO

La resolución estima el recurso contra la nota de calificación del registrador de Granada n.º 2, que suspendía la cancelación de la inscripción de una finca aportada por el condenado a su propia sociedad unipersonal. El registrador exigía que el juez penal declarase expresamente el levantamiento del velo societario par…

Contenido exclusivo PRO

Implicaciones prácticas, plazos y recomendaciones específicas para tu sector.

Crear cuenta gratis Ver planes PRO

Título oficial completo

Resolución de 3 de febrero de 2026, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación del registrador de la propiedad de Granada n.º 2, por la que se suspende la cancelación de la inscripción de una finca de aportación por el demandado a sociedad mercantil de la que es administrador único y socio único en el momento de su constitución, acordada en procedimiento penal por frustración de ejecución.

Normativas relacionadas