El Registro de la Propiedad no puede asignar dos números de alquiler turístico a una misma finca sin división horizontal previa
06 Jun 2026
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A quién afecta:
Propietarios de viviendas turísticas, gestores de alquiler vacacional y registradores de la propiedad
Resumen
Una finca registral solo puede tener un número de registro de alquiler turístico. Si hay dos viviendas, primero hay que hacer la división horizontal.
Análisis detallado
PRO
La Dirección General de Seguridad Jurídica resuelve que una finca registral única no puede recibir dos números de registro de alquiler de corta duración turístico simultáneamente. El Real Decreto 1312/2024 permite asignar números por unidad de alojamiento, pero cuando las solicitudes se refieren a la finca completa y n…
Título oficial completo
Resolución de 4 de febrero de 2026, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación de la registradora de la propiedad de Toledo n.º 3, por la que se suspende la asignación de número de registro único de alquiler de corta duración turístico por constar presentados en el mismo día y sobre la misma finca, dos asientos relativos a la asignación de número de registro de alquiler de corta duración de uso turístico, todos ellos referidos a la finca completa.