Inmobiliario BOE Importancia: 6/10

El Registro de la Propiedad no puede bloquear el alquiler turístico si la licencia es anterior a la prohibición comunitaria

06 Jun 2026 0 visitas
A quién afecta:
Propietarios de viviendas turísticas en comunidades con prohibición estatutaria inscrita posteriormente

Resumen

Un propietario de Barcelona consigue recurrir la denegación de su número de registro de alquiler turístico porque su licencia era de 2014 y la prohibición comunitaria se inscribió en 2019.

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La Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública resuelve un recurso contra la calificación negativa del Registro de la Propiedad de Barcelona n.º 1, que denegó la asignación del número de registro de alquiler de corta duración (NRA) por existir una prohibición estatutaria inscrita en 2019. El propietario alegó …

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Título oficial completo

Resolución de 22 de enero de 2026, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la calificación negativa del registrador de la propiedad de Barcelona n.º 1, por la que se suspende la asignación de un número de registro de alquiler de corta duración para una finca en la categoría de arrendamiento turístico.

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