Mercantil y Empresas BOE Importancia: 4/10

El Registro Mercantil no puede exigir el régimen matrimonial del socio al constituir una SL

13 Jun 2026 28 visitas
A quién afecta:
Notarios, registradores mercantiles y socios fundadores de sociedades limitadas

Resumen

La DGSJFP confirma que no es obligatorio indicar el régimen económico matrimonial del socio al constituir una sociedad limitada. El registrador mercantil de Sevilla aplicó criterio incorrecto al denegarlo.

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La Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública estima el recurso del notario y revoca la calificación negativa del Registro Mercantil III de Sevilla. El registrador exigía que se indicara el régimen económico matrimonial del socio único al constituir una SRL, apoyándose en una sentencia de un juzgado mercantil…

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Título oficial completo

Resolución de 26 de febrero de 2026, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la negativa del registrador mercantil III de Sevilla a inscribir la escritura de constitución de una sociedad de responsabilidad limitada.

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