Inmobiliario BOE Importancia: 3/10

La DGSJ obliga a notificar al deudor antes de prorrogar un embargo en el Registro de la Propiedad

06 Jun 2026 0 visitas
A quién afecta:
Organismos recaudadores públicos, deudores tributarios con embargos registrales y registradores de la propiedad

Resumen

La Dirección General resuelve que para prorrogar una anotación de embargo registral es obligatorio acreditar que se notificó al deudor. Sin esa notificación, el registrador puede denegar la prórroga.

Análisis detallado PRO

La DGSJYFP resuelve un recurso del Patronato de Recaudación Provincial de Málaga contra la negativa del registrador de Estepona nº1 a prorrogar anotaciones de embargo sobre fincas de Inmobiliaria Chamartín S.A. El registrador exigió que constara en el mandamiento la notificación de la diligencia de prórroga al deudor, …

Contenido exclusivo PRO

Implicaciones prácticas, plazos y recomendaciones específicas para tu sector.

Crear cuenta gratis Ver planes PRO

Título oficial completo

Resolución de 4 de febrero de 2026, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la negativa del registrador de la propiedad de Estepona n.º 1 a prorrogar una anotación de embargo.

Normativas relacionadas