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Nueva regulación para que las farmacias devuelvan y destruyan medicamentos estupefacientes y psicotrópicos de forma segura

12 Jun 2026 En vigor: 01 Jul 2026 48 visitas
A quién afecta:
Titulares de oficinas de farmacia y responsables de servicios de farmacia en toda España

Resumen

Las farmacias deberán seguir un procedimiento uniforme para gestionar la devolución y destrucción de medicamentos estupefacientes y psicotrópicos caducados, deteriorados o devueltos por pacientes. Entra en vigor el 1 de julio de 2026.

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El Real Decreto 467/2026 establece por primera vez un marco reglamentario homogéneo para la devolución y destrucción de sustancias estupefacientes, psicotrópicas y medicamentos estupefacientes en oficinas y servicios de farmacia. Regula tres supuestos clave: devolución a laboratorios según el RD 726/1982, destrucción d…

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Título oficial completo

Real Decreto 467/2026, de 10 de junio, por el que se regulan la devolución y destrucción de sustancias estupefacientes y psicotrópicas y de medicamentos estupefacientes por las oficinas y servicios de farmacia.

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