Datos clave
| Normativa | Orden DCA/348/2026, de 8 de abril |
|---|---|
| Publicación | 17 de abril de 2026 |
| Entrada en vigor | No especificada expresamente |
| Afectados | Personas con discapacidad y equipos de valoración en Ceuta y Melilla |
| Categoría | Sector Público |
| Norma de referencia | Real Decreto 888/2022, de 18 de octubre |
| Organismo gestor | IMSERSO (gestión estatal directa) |
Los ciudadanos con discapacidad residentes en Ceuta o Melilla tienen desde abril de 2026 un marco normativo claro sobre cómo y ante quién solicitar el reconocimiento oficial de su grado. La Orden DCA/348/2026, de 8 de abril, publicada en el BOE el 17 de abril de 2026, desarrolla en estas dos ciudades autónomas el Real Decreto 888/2022, de 18 de octubre, que regula el procedimiento de reconocimiento, declaración y calificación del grado de discapacidad a nivel estatal.
La particularidad de Ceuta y Melilla es determinante: al no tener competencias transferidas en materia de discapacidad, es el Estado quien gestiona directamente estos procedimientos a través del IMSERSO. Esta Orden cierra el vacío de desarrollo normativo que existía para estos territorios.
¿Qué establece esta normativa?
La Orden DCA/348/2026 no crea un procedimiento nuevo: adapta y concreta para Ceuta y Melilla el marco general ya establecido por el Real Decreto 888/2022. Los aspectos que regula son los siguientes:
- Órganos competentes: Determina qué unidades del IMSERSO son responsables de tramitar y resolver los expedientes de reconocimiento de discapacidad en ambas ciudades.
- Equipos de valoración y orientación (EVO): Concreta qué profesionales y funcionarios integran estos equipos técnicos en Ceuta y Melilla, encargados de evaluar el grado de discapacidad de cada solicitante.
- Plazos administrativos: Fija los tiempos de tramitación aplicables a los procedimientos en estos territorios.
- Trámites administrativos: Detalla el procedimiento paso a paso que deben seguir tanto los ciudadanos al solicitar el reconocimiento como los funcionarios al tramitarlo.
El contexto es relevante: el Real Decreto 888/2022 sustituyó al anterior Real Decreto 1971/1999 y modernizó el sistema de valoración de la discapacidad en España. Sin embargo, su aplicación en Ceuta y Melilla requería una norma específica de desarrollo, dado el régimen especial de estas ciudades. Esa es precisamente la función de esta Orden.
Impacto económico y operativo
Esta normativa no genera costes directos para empresas privadas ni introduce tasas o cargas económicas nuevas. Su impacto es fundamentalmente administrativo y de acceso a derechos para los ciudadanos afectados y operativo para los equipos de valoración del IMSERSO en Ceuta y Melilla.
No obstante, hay implicaciones indirectas que sí pueden afectar a empleadores y gestores de recursos humanos en estos territorios:
- El reconocimiento oficial del grado de discapacidad es el documento habilitante para acceder a bonificaciones en cotizaciones a la Seguridad Social por contratación de personas con discapacidad.
- Las empresas con 50 o más trabajadores están obligadas a reservar el 2% de su plantilla para personas con discapacidad (Ley General de derechos de las personas con discapacidad). Un procedimiento de valoración más claro y ágil en Ceuta y Melilla facilita el cumplimiento de esta cuota.
- Los trabajadores que estén pendientes de obtener o renovar su certificado de discapacidad en Ceuta o Melilla ahora tienen claridad sobre el órgano al que dirigirse: el IMSERSO, no los servicios sociales de las ciudades autónomas.
¿A quién afecta?
- Ciudadanos con discapacidad residentes en Ceuta o Melilla que necesiten solicitar por primera vez el reconocimiento de su grado, renovarlo o modificarlo.
- Profesionales y funcionarios de los equipos de valoración y orientación (EVO) del IMSERSO en Ceuta y Melilla, cuya composición y funciones quedan ahora reguladas expresamente.
- Empleadores en Ceuta y Melilla que contraten o vayan a contratar personas con discapacidad y necesiten que sus trabajadores dispongan del certificado oficial de grado.
- Asesores laborales y gestorías que tramiten expedientes de discapacidad o bonificaciones por contratación en estos territorios.
- Servicios sociales y entidades del tercer sector que acompañen a personas con discapacidad en Ceuta y Melilla en la gestión de sus derechos.
Ejemplo práctico
Una persona residente en Melilla que ha sufrido una lesión crónica y desea obtener el reconocimiento oficial de su grado de discapacidad para acceder a beneficios laborales y fiscales debe dirigir su solicitud al IMSERSO, no al Gobierno de la Ciudad Autónoma de Melilla.
Gracias a la Orden DCA/348/2026, ahora existe un procedimiento expresamente definido para este caso: el expediente será tramitado por el órgano competente del IMSERSO en Melilla, evaluado por el equipo de valoración y orientación (EVO) configurado según esta norma, y resuelto en los plazos administrativos que la misma establece.
Para una empresa de Ceuta con 60 empleados que necesita acreditar el cumplimiento de la cuota del 2% de trabajadores con discapacidad, esta claridad normativa es relevante: si alguno de sus empleados está tramitando el reconocimiento de grado, ahora sabe que debe hacerlo ante el IMSERSO y bajo el procedimiento del Real Decreto 888/2022 tal como lo desarrolla esta Orden.
¿Qué deben hacer las empresas ahora?
- Verificar la situación de empleados con discapacidad en Ceuta y Melilla: Si tienes trabajadores en estos territorios que estén tramitando o necesiten tramitar su certificado de discapacidad, confirma que lo están haciendo ante el IMSERSO y no ante otro organismo.
- Revisar el cumplimiento de la cuota de reserva: Si tu empresa tiene 50 o más trabajadores con presencia en Ceuta o Melilla, comprueba que cumples con la reserva del 2% de puestos para personas con discapacidad. Un procedimiento de valoración más claro facilita que los trabajadores obtengan su certificado.
- Informar a los trabajadores afectados: Comunica a los empleados que residan en Ceuta o Melilla y que necesiten el reconocimiento de grado que el organismo competente es el IMSERSO, y que el procedimiento aplicable es el desarrollado por la Orden DCA/348/2026.
- Actualizar los expedientes de bonificaciones: Si gestionas bonificaciones en cotizaciones por contratación de personas con discapacidad en estos territorios, asegúrate de que los certificados de grado de los trabajadores están vigentes y emitidos por el órgano correcto.
- Consultar el texto completo de la norma: Para conocer los plazos exactos de tramitación y los trámites específicos aplicables, accede al texto íntegro de la Orden DCA/348/2026 en el BOE.
Preguntas frecuentes
¿Dónde se solicita el reconocimiento del grado de discapacidad en Ceuta y Melilla?
Al ser ciudades autónomas sin competencias transferidas en esta materia, la gestión corresponde directamente al Estado a través del IMSERSO. Es ante este organismo donde los ciudadanos de Ceuta y Melilla deben presentar su solicitud de reconocimiento, declaración y calificación del grado de discapacidad.
¿Qué norma regula el procedimiento de discapacidad en Ceuta y Melilla en 2026?
La Orden DCA/348/2026, de 8 de abril, desarrolla en Ceuta y Melilla el Real Decreto 888/2022, de 18 de octubre, que establece el procedimiento para el reconocimiento, declaración y calificación del grado de discapacidad. La Orden concreta los órganos competentes, los equipos de valor