Datos clave
| Normativa | Acuerdo de 4 de junio de 2026, de la Comisión de Selección (art. 305 LOPJ) — Convocatoria OPE 2026 |
|---|---|
| Publicación BOE | 15 de junio de 2026 |
| Entrada en vigor | 15 de junio de 2026 |
| Plazas convocadas | 375 plazas de juez/a (Escuela Judicial) + 200 plazas de Abogado/a Fiscal (CEJ) = 575 plazas totales |
| Reserva discapacidad | 29 plazas para personas con discapacidad igual o superior al 33% |
| Plazo de solicitud | 20 días hábiles desde la publicación en el BOE (desde el 15/06/2026) |
| Categoría | Sector Público — Carrera Judicial y Carrera Fiscal |
| Ejercicio | OPE 2026 |
La convocatoria de la OPE 2026 abre la mayor oferta de plazas para la Carrera Judicial y Fiscal en el año en curso: 575 plazas en total, distribuidas entre la Escuela Judicial (categoría juez) y el Centro de Estudios Jurídicos (categoría abogado fiscal). El Acuerdo de 4 de junio de 2026, publicado en el BOE el 15 de junio de 2026, activa el proceso selectivo y abre el plazo de inscripción.
Para cualquier jurista que lleve años preparando estas oposiciones, o que esté valorando iniciar la preparación, esta convocatoria marca el punto de partida oficial: desde hoy corren los plazos y hay que actuar.
¿Qué establece esta normativa?
El Acuerdo convoca pruebas selectivas para cubrir dos tipos de plazas diferenciadas, con destino a dos instituciones de formación distintas:
| Cuerpo | Plazas | Centro de formación | Categoría de acceso |
|---|---|---|---|
| Carrera Judicial | 375 | Escuela Judicial | Juez/a |
| Carrera Fiscal | 200 | Centro de Estudios Jurídicos (CEJ) | Abogado/a Fiscal |
Requisitos de participación:
- Nacionalidad española.
- Mayoría de edad.
- Titulación en Derecho (licenciatura o grado).
- No haber alcanzado la edad de jubilación forzosa.
Proceso selectivo: El acceso se articula en dos fases. Primero, una oposición libre en la que se obtiene la puntuación final. Después, los aspirantes que superen la oposición realizan un curso selectivo en la Escuela Judicial o en el CEJ, según la plaza a la que opten. La elección de plaza concreta se realiza por orden de puntuación final obtenida en la fase de oposición: a mayor puntuación, mayor preferencia en la elección.
Reserva de plazas para personas con discapacidad: De las 575 plazas totales, 29 están reservadas para personas con un grado de discapacidad igual o superior al 33%, conforme a la normativa de acceso al empleo público.
Presentación de solicitudes: La solicitud debe realizarse exclusivamente de forma telemática, dentro del plazo de 20 días hábiles contados desde la publicación en el BOE (15 de junio de 2026). La convocatoria exige el pago de la correspondiente tasa de examen en el momento de la inscripción.
Impacto económico y operativo
Esta convocatoria tiene un impacto directo sobre despachos de abogados, academias de preparación de oposiciones y, sobre todo, sobre los propios aspirantes y sus familias, que deben planificar la inversión en preparación.
- Tasa de examen: La convocatoria establece el pago de una tasa de examen, cuyo importe exacto no se detalla en el resumen publicado pero es obligatorio para formalizar la inscripción telemática.
- Plazo crítico: Con solo 20 días hábiles desde el 15 de junio, el margen para preparar y presentar la documentación es ajustado. Cualquier retraso implica la exclusión del proceso.
- Volumen de plazas: Con 575 plazas, esta es una convocatoria de gran volumen para el acceso a la función pública judicial y fiscal, lo que representa una oportunidad significativa para los miles de opositores activos en España.
- Impacto en el mercado de preparación: Las academias y preparadores de oposiciones judiciales verán incrementada la demanda de matrícula y servicios de preparación a raíz de esta convocatoria oficial.
¿A quién afecta?
- Licenciados y graduados en Derecho con nacionalidad española que aspiren a la Carrera Judicial o Fiscal.
- Opositores en activo que ya estén preparando las pruebas de acceso a la judicatura o a la fiscalía.
- Personas con discapacidad igual o superior al 33% que cumplan los requisitos generales y quieran acogerse a las 29 plazas reservadas.
- Academias y preparadores de oposiciones judiciales, que deben actualizar sus programas y plazos de matrícula.
- Despachos de abogados y firmas jurídicas cuyos asociados o empleados puedan estar valorando presentarse.
- Departamentos de RRHH de grandes firmas legales, que deben anticipar posibles bajas o excedencias de profesionales que accedan a la carrera pública.
Ejemplo práctico
Una graduada en Derecho de 28 años que lleva tres años preparando las oposiciones a la judicatura tiene ahora abierto el plazo oficial para inscribirse. Debe acceder a la sede electrónica correspondiente, completar la solicitud telemática y abonar la tasa de examen antes de que venzan los 20 días hábiles desde el 15 de junio de 2026 (aproximadamente hasta mediados de julio de 2026, descontando festivos).
Si supera la fase de oposición, accederá al curso selectivo en la Escuela Judicial. La elección de su destino concreto como jueza se realizará por orden de puntuación: quien más alta nota haya obtenido en la oposición, antes elige plaza. Si tuviera reconocida una discapacidad igual o superior al 33%, podría concurrir por el cupo de reserva de las 29 plazas destinadas a este colectivo, con las ventajas que ello implica en términos de competencia.
¿Qué deben hacer los aspirantes ahora?
- Verificar el cumplimiento de requisitos: Comprobar que se dispone de nacionalidad española, mayoría de edad, titulación en Derecho y que no se ha alcanzado la edad de jubilación forzosa.
- Calcular el plazo exacto de inscripción: El plazo de 20 días hábiles desde el 15 de junio de 2026 vence aproximadamente a mediados de julio. Identificar la fecha límite exacta descontando festivos nacionales y autonómicos.
- Preparar la documentación y la tasa: Reunir la documentación acreditativa de los requisitos y tener preparado el medio de pago para abonar la tasa de examen en el momento de la inscripción telemática.
- Realizar la solicitud telemáticamente: La presentación es exclusivamente online. No se admiten solicitudes en papel. Acceder a la sede electrónica del organismo convocante con certificado digital o Cl@ve.
- Acreditar la discapacidad si procede: Quienes tengan reconocida una discapacidad igual o superior al 33% deben indicarlo expresamente en la solicitud para optar a las 29 plazas reservadas.
- Consultar la convocatoria íntegra en el BOE: El texto completo del Acuerdo de 4 de junio de 2026 contiene los detalles del temario, las fases del proceso y las bases específicas. Revisarlo antes de formalizar la inscripción.
Preguntas frecuentes
¿Cuántas plazas se convocan en las oposiciones a juez y fiscal de 2026?
Se convocan 575 plazas en total: 375 plazas para la Escuela Judicial (categoría juez/a) y 200 plazas para el Centro de Estudios Jurídicos (categoría Abogado/a Fiscal). De estas, 29 están reservadas para personas con discapacidad igual o superior al 33%.
¿Cuál es el plazo para solicitar las oposiciones a juez y abogado fiscal 2026?
El plazo de solicitud es de 20 días hábiles contados desde la publicación en el BOE, que tuvo lugar el 15 de junio de 2026. La solicitud debe presentarse exclusivamente de forma telemática, con el pago de la tasa de examen incluido.
¿Qué requisitos hay que cumplir para presentarse a las oposiciones a juez en 2026?
Los requisitos son: nacionalidad española, mayoría de edad, titulación en Derecho (licenciatura o grado) y no haber alcanzado la edad de jubilación forzosa. No se exigen otros requisitos adicionales según la convocatoria publicada.
¿Cómo se elige la plaza en las oposiciones judiciales 2026?
La elección de plaza se realiza por orden de puntuación final obtenida en la fase de oposición. El aspirante con mayor puntuación elige primero su destino, y así sucesivamente hasta cubrir todas las plazas disponibles.
¿En qué consiste el proceso selectivo para acceder a la Carrera Judicial en 2026?
El proceso consta de dos fases: primero, una oposición libre en la que se obtiene la puntuación final; y después, un curso selectivo en la Escuela Judicial (para jueces) o en el Centro de Estudios Jurídicos (para abogados fiscales). Solo acceden al curso quienes superen la fase de oposición.
Fuente oficial
Consultar normativa completa en fuente oficial
Aviso: Este artículo tiene carácter meramente informativo y no constituye asesoramiento legal. Para decisiones específicas, consulte a un profesional cualificado. Fuente: https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2026-12918