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El registrador de Estepona debe prorrogar un embargo fiscal aunque no conste la notificación al deudor

05 Jun 2026 2 visitas
A quién afecta:
Administraciones locales, organismos recaudadores y deudores con embargos inscritos en el Registro de la Propiedad

Resumen

La Dirección General resuelve que la prórroga de una anotación de embargo no requiere acreditar la notificación al deudor en el mandamiento registral. El registrador de Estepona denegó indebidamente la prórroga solicitada por la Diputación de Málaga.

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La DGSJYFP estima el recurso interpuesto por el Patronato de Recaudación Provincial de Málaga contra la negativa del registrador de Estepona nº1 a prorrogar anotaciones de embargo. El registrador exigía que constara en el mandamiento la notificación al deudor de la diligencia de prórroga, basándose en el art. 85 del Re…

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Título oficial completo

Resolución de 10 de febrero de 2026, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la negativa del registrador de la propiedad de Estepona n.º 1 a prorrogar una anotación de embargo.

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