Inmobiliario BOE Importancia: 4/10

El Registro de la Propiedad no puede cancelar un embargo de Hacienda sin orden judicial o de la AEAT

17 Jun 2026 7 visitas
A quién afecta:
Empresas y particulares con embargos de Hacienda anotados en el Registro de la Propiedad

Resumen

Una empresa recurrió la negativa del registrador a cancelar un embargo de la AEAT sobre sus inmuebles. La Dirección General confirma que solo cabe cancelación por mandamiento oficial, no por instancia privada.

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La Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública resuelve un recurso de Anavrin Maariya S.L. contra la negativa del registrador de Las Rozas de Madrid a cancelar anotaciones de embargo cautelar practicadas por la AEAT. La empresa alegaba falta de ejecutividad de la deuda, duplicidad del embargo y motivación insu…

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Título oficial completo

Resolución de 11 de marzo de 2026, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la negativa del registrador de la propiedad de Las Rozas de Madrid n.º 1 a cancelar una anotación de embargo.

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