El Registro de la Propiedad no puede cancelar una anotación de concurso sin mandamiento judicial
17 Jun 2026
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A quién afecta:
Propietarios e inversores inmobiliarios con fincas gravadas por anotaciones de concurso de acreedores
Resumen
La Dirección General confirma que cancelar anotaciones registrales de concurso de acreedores requiere mandamiento judicial, no basta una instancia privada.
Análisis detallado
PRO
La Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública resuelve un recurso contra la negativa registral a cancelar anotaciones de concurso de Rozecasa Construcciones sobre 12 fincas en Getafe. La registradora exigió mandamiento judicial conforme al artículo 83 de la Ley Hipotecaria, criterio confirmado por calificació…
Título oficial completo
Resolución de 11 de marzo de 2026, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la negativa de la registradora de la propiedad de Getafe n.º 2 a cancelar una anotación preventiva de concurso, en virtud de instancia privada.