Venta de viviendas protegidas a filial bancaria: el registro exige notificación a la Junta de Andalucía aunque sea una dación en pago
06 Jun 2026
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A quién afecta:
Promotores, entidades financieras y filiales inmobiliarias que transmitan viviendas de protección oficial en Andalucía
Resumen
La Dirección General resuelve que la transmisión de VPO a una filial del banco acreedor no equivale a dación en pago y requiere notificación autonómica previa. Sin ese trámite, el registro de la propiedad puede suspender la inscripción.
Análisis detallado
PRO
La resolución analiza si la venta de viviendas de protección oficial (VPO) a una sociedad filial del banco acreedor puede considerarse dación en pago, eximiendo así de la obligación de notificar a la Consejería andaluza competente. La DGSJFP confirma que no: al ser el adquirente una filial y no el propio acreedor, la o…
Título oficial completo
Resolución de 4 de febrero de 2026, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación del registrador de la propiedad de Andújar, por la que se suspende la inscripción de una escritura de compraventa y subrogación de hipoteca por falta de ratificación de la subrogación de la hipoteca por parte de la entidad acreedora y la notificación de la transmisión de la venta de viviendas de protección oficial a la Consejería correspondiente de la Junta de Andalucía.