Inmobiliario BOE Importancia: 4/10

El Registro de la Propiedad no puede exigir una declaración formal de ampliación de obra si ya consta acreditada la antigüedad del edificio

15 Jun 2026 26 visitas
A quién afecta:
Propietarios, promotores y notarios que inscriban obras nuevas antiguas o divisiones horizontales

Resumen

La DGSJFP resuelve un recurso sobre la inscripción de una obra nueva y división horizontal suspendida por el registrador. Se aclaran los requisitos para inscribir excesos de cabida, obras antiguas y cuotas en propiedad horizontal.

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La Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública analiza tres defectos señalados por el registrador: la necesidad de tramitar el expediente del art. 199 LH por exceso de cabida superior al 10%, la exigencia de declaración expresa de ampliación de obra cuando el perímetro coincide con la parcela, y la asignación …

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Título oficial completo

Resolución de 2 de marzo de 2026, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación del registrador de la propiedad de El Puerto de Santa María n.º 1, por la que se suspende la inscripción de una declaración de obra nueva, división horizontal, ocupando la obra la total superficie de la finca en la que se ha iniciado la tramitación del expediente del artículo 199 de la Ley Hipotecaria, existiendo además dudas respecto a la descripción final de la obra nueva y respecto a la división horizontal por asignarse cuota cero a uno de los elementos privativos.

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